Reflexión
Pena de muerte.
Mal llamados pueden entenderse los calificativos evolutivos que nuestra actual sociedad posee en su seno. Ésta, caracterizada y centralizada en malogrados avances tecnológicos que dejan en segundo plano valores legitimizados hacia el derecho del hombre como aquellos que caracterizan al ser humano individual y colectivo, conformador primitivo del núcleo social del hombre, la sociedad humana.
La pena de muerte, tema en boga cuando la economía no ha mostrado crisis o grandes aumentos, connotando el papel secundario o terciario que a ésta se le puede dar, continúa siendo la yaga incurable y diáfana de un desarrollo social-humano a maltraer que consigo trae repercusiones conductuales de secularización y legitimación a las generaciones futuras debido a que es establecida y autorizada por un poder inminente y direccional, podría decirse, manipulador de lo verdadero y lo falso.
Sin duda, la pena de muerte atenta contra la raz+on del hombre como ser, avasallando las causas que gatillaron la falta cometida por un victimario y que, en el presente, son adjudicadas a acciones de disidencia, muchas veces políticas y religiosas, atentando también a una libertad de expresión natural a la fisiología del hombre y privada por sicologías ambiciosas de otros símiles. Sin embargo, esta pena es considerada el ajusticiamiento de la sociedad contra un infractor del orden social “estable” de nuestro sistema organizacional que redunda en asesinatos, violaciones, usurpaciones y daños contra otros hombres.
Pero, ¿vale generalizar englobando los delitos en una misma causa?,a mi parecer, la gran cantidad de delitos son caracterizados y divididos en tres: los delitos contra la propiedad, los delitos contra las personas y los delitos o crímenes pasionales, estos últimos adscritos a lo meramente patológico argüidos a un mismo efecto-causa vinculado con la naturaleza y estructura de la sociedad estatal relacionada totalmente con el capitalismo, ¿no habría que enjuiciar desde fuera del poder causante’, ¿no sería de esta manera la pena de muerte una injustificada razón de justicia?
En segundo lugar, ¿sería la pena de muerte un eslabón más a lacadena de violencia sembrada por el poder sobre los que actúan y moldean sus idiosincrasia al compás de éstos?.
Para refutar el concepto y la desviación ética, válida al concepto de sociedad y de ser humano, que provoca la pena de muerte quisiera ahondar en el objetivo de la pena y de la ley en términos generales.. Si la ley es para mantener un orden estable adecuando y colocando parámetros conductuales y la pena es para reinsertar a los infractores en la sociedad perjudicada, ¿no será la pena de muerte una inconsecuencia a lo propio del significado del concepto de sociedad que tanto pregonan los verdugos poderosos que deciden quitar la vida?.
Realmente se puede de esta manera dar el acierto que nuestra sociedad evoluciona cuando el ojo por ojo y el mal por mal todavía no se retiran de la retina histórica-cultural haciendo valer el concepto de sociedad, de apoyo mutuo en que ésta “se basa” y privilegiando la vida y la estabilización real de una sociedad completa. En conclusión, ¿cuándo la sociedad debe juzgar un delito cualquiera, no debería, pues, ante todo, juzgarse a si misma conociendo los por qué, las causas y los gatillantes de aquel atentado contra la sociedad?
Compañero: Grito_anticapitalista (anarquismo_intelectual)
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